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Ganancias integrales de Naturgy Ban a septiembre: $ 3.036 millones (+37% de mejora)

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
diferimento, enero a septiembre, expansión de la red de gas, ganancias, ganancias integrales, Gas Ban, invierno, Naturgy, nueve meses, readecuación de inversiones, Resolución 521



12-11-2019 | Esta distribuidora, controlada por la española Naturgy, es la segunda en importancia en número de clientes, llegando a 5,5 millones de personas y participando con un 15,2% del total de ventas de gas a nivel residencial. Su área de servicio comprende 30 partidos de la provincia de Buenos Aires, ubicados al norte y al oeste de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Entre 2016 y 2018, registró la segunda peor incorporación de nuevos usuarios residenciales de su historia. La diferencia respecto del período anterior (2013-2015) es de -23%. Registró ganancias acumulada años 2017 y 2018 en pesos por 4.223 millones; en dólares, 139 millones. Reservó al pago de dividendos futuros, según lo dispuesto en la Asamblea General Ordinaria del 26 de abril, 1.324 millones de pesos (31 millones de dólares). Actualizamos sus estados financieros a septiembre.



Fuente: Estados Financieros Condensados Intermedios Por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2019, Naturgy Ban.

Esta distribuidora registró ganancias operativas por 2.273 millones de pesos en el acumulado a septiembre (49,4 millones de dólares). Sus ganancias integrales ascendieron a 3.036 millones (66 millones de dólares), un 37% de mejora respecto de los valores del ejercicio anterior.

Debe tenerse en cuenta que parte del ingreso para este período se efectuará a partir de diciembre de este año, al haberse diferido el 22% de los montos de las facturas emitidas entre el 1° de julio de 2019 hasta el 31 de octubre de 2019. La distribuidora no perderá un centavo obviamente. Compensará el Estado nacional. (1) Por otra parte, también debe contemplarse que, consecuencia de los cambios en la polinómica dispuestos por el ENARGAS a partir de octubre de 2018, el ajuste semestral implicó un incremento del 19,7% en lugar del 30,6% pretendido por las distribuidoras. (2) Luego, en el ajuste correspondiente al semestre abril-octubre de 2019, si bien se aproximó a la metodología anterior (IPIM), no se terminó aplicando tampoco lo reclamado por las empresas. (3) Así y todo, obsérvese los niveles de ganancias registrados.

Al 30 de septiembre de 2019, esta empresa mantiene reservado al pago futuro de dividendos 1.631 millones de pesos y 1.939 millones de pesos a reserva facultativa (dispuesto en Asamblea General Ordinaria de abril de 2019).

Este último dato no es menor, ya que hay que recordar que desde octubre no hubo nuevo ajuste semestral, difiriéndose el mismo para el 1 de enero de 2020. (4) Es decir, un congelamiento de la tarifa y que, según avaló la Secretaría de Energía, permitió a todas las distribuidoras una "readecuación de las inversiones obligatorias". (5)

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(1) Se lee en el mismo informe: "A fin de amortiguar el impacto en las economías familiares de los mayores consumos invernales, adicionalmente a lo dispuesto en la Resolución SGE N° 148/19 la Secretaría de Gobierno de Energía decidió mediante Resolución SGE N° 336 publicada el 24 de junio de 2019, aplicar con carácter excepcional un diferimiento de pago del 22% de las facturas de usuarios residenciales emitidas a partir del 1° de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019, que se recuperará a partir de las facturas emitidas desde el 1° de diciembre de 2019 y por cinco períodos mensuales, iguales y consecutivos. Este diferimiento deberá ser solventado por los participantes en la cadena (productores de gas, transportistas y distribuidores) y a fin de neutralizar el costo financiero se calcularán y abonarán intereses por parte del Estado Nacional de acuerdo a la tasa prevista en la norma".

(2) "La Sociedad presentó oportunamente su solicitud de ajuste del margen de distribución conforme la variación operada en el Índice de precios internos al por mayor ("IPIM") de acuerdo a la metodología establecida en la Resolución Nº4354/17 y los cuadros tarifarios completos con los tres componentes, gas, transporte y distribución, informando el estado de situación de la negociación con sus proveedores de gas. El ENARGAS dictó la Resolución N° 280 publicada en el Boletín Oficial el 8 de octubre de 2018, en la que entendió que en esta ocasión debían tomarse en consideración la evolución de distintos indicadores de precios de la economía además del IPIM y por ello resolvió aplicar una combinación de índices entre el IPIM, el Índice del Costo de la Construcción y el Índice de Variación Salarial. Los cuadros tarifarios aprobados en la citada Resolución fueron rectificados en la Resolución ENARGAS N° 292/2018 por contener errores materiales. El ajuste determinado en esta ocasión por ENARGAS, al considerar una fórmula de ajuste exógena a la Resolución ENARGAS N° 4354/17 y por lo tanto fuera de la previsión de todas las licenciatarias, ha implicado una merma en el citado ajuste ya que el incremento real fue del 19,7%, mientras que según la variación del IPIM correspondía el 30,6%. La Sociedad ha recurrido el contenido de la Resolución ENARGAS N° 280/18, por los motivos mencionados, encontrándose actualmente el recurso en trámite ante la alzada, luego del rechazo del ENARGAS en la Resolución N° 178 del 27 de marzo de 2019".

(3) Con fecha 30 de marzo de 2019, el ENARGAS dictó la Resolución N° 196 que aprobó las tarifas vigentes a partir del 1° de abril de 2019, y aplicó para el ajuste semestral la variación del IPIM que implica en incremento del 26%, sin considerar en su totalidad el pedido de la Licenciataria en cuanto a la aplicación de la fórmula del Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4354/2017. La Sociedad planteó oportunamente recurso de alzada contra la citada Resolución.

(4) "En el mismo marco, considerando la adecuación semestral de tarifas prevista a partir del 1° de octubre del corriente, la Secretaría de Gobierno de Energía advirtió que su aplicación en las actuales circunstancias macroeconómicas podía generar efectos adversos en materia de reactivación del consumo y de la actividad económica en general y dictó la Resolución N° 521 de fecha 3 de septiembre de 2019 en la que dispuso diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución para el 1° de enero de 2020".

(5) "Asimismo, reconociendo expresamente la necesidad de mantener la ecuación económico-financiera de los contratos de licencia, la Secretaría de Gobierno de Energía dispuso compensar el efecto del diferimiento conforme lo dispuesto en el numeral 9.8 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, a través de una readecuación de las inversiones obligatorias, sin que ello afecte la seguridad y continuidad del servicio. La Sociedad presentó oportunamente su propuesta de readecuación del plan de inversiones al ENARGAS conforme lo indicado en la citada Resolución 521".



Bibliografia
OETEC (25/10/2019) Expansión red domiciliaria de gas con Macri: la peor de la historia
http://www.oetec.org/nota.php?id=4227&area=5

OETEC (9/10/2019) Tarifas "justas, razonables y asequibles" para que todos ganen
http://www.oetec.org/nota.php?id=4200&area=5

OETEC (4/09/2019) Crisis energética y pesada herencia macrista (actualización al primer semestre)
http://www.oetec.org/nota.php?id=4137&area=2

OETEC (24/07/2019) Gas Ban: ganancias en 2018 y al primer trimestre de 2019
http://www.oetec.org/nota.php?id=4046&area=5

OETEC (8/04/2019) Gas Ban (Naturgy) 2016-2018: la segunda peor incorporación de usuarios residenciales de su historia
http://www.oetec.org/nota.php?id=3846&area=1

OETEC (28/11/2018) Gas Ban: Balance 2016/2018 (junio) y bases para la declaración de tarifazo odioso, ilegítimo e insostenible
http://www.oetec.org/nota.php?id=3584&area=5

OETEC (20/11/2018) Beneficios del DNU 1.053 (estatización deuda distribuidoras): Gas Ban subsidiada por 116 millones de euros
http://www.oetec.org/nota.php?id=3570&area=1