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Cuestionamientos a las exportaciones de gas a Chile (y muchos interrogantes)

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
Chile, cuestionamientos, Decreto 893, exportaciones de gas, Exxon, interrogantes, Methanex, Neuquén, precios de importación, swaps, Vaca Muerta, YPF



12-01-2018 | En julio de 2016 se emitió el Decreto 893, normativa que según explicamos oportunamente (ver bibliografía), volvía a hacer de la Argentina un país exportador de gas luego de casi una década. Seis meses más tarde apareció su reglamentación (13 de enero de 2017) al aprobar el "Procedimiento para la autorización de exportaciones con compromiso de re-importación" (Resolución E - 8/2017). Las exportaciones se retomaban bajo la modalidad swaps, esto es, las cantidades enviadas al exterior deben, en un plazo de tiempo determinado, volverse a traer al país. Sin embargo, a fines de noviembre del 2017 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 962. Allí se abre la posibilidad de exportar sin compromiso de importación. Por último, meses después, se conoció el acuerdo entre YPF y la empresa Methanex (en Chile) mediante el cual la primera le vende gas natural a cambio de metanol, comprometiéndose a importar el mismo volumen pero no previo a realizada la exportación. En el presente trabajo repasamos el estado de la reapertura exportadora, alertando sobre tres cuestiones que esperamos sean tomadas por legisladores de la oposición y convenientemente estudiadas/denunciadas: 1) No se informan los precios de las re-importaciones; 2) No se informan las ganancias -si las hubiere, que las debe haber lógicamente- de las empresas radicadas en la Argentina involucradas en las exportaciones; 3) Dado que la extensión de algunos contratos avanza sobre los meses del invierno de 2018, hablamos de un gas que se está exportando a costo de GNL (más costo de regasificación). Pues bien, no lo contemplan sus precios del gas puesto en frontera; 4) Se inauguran las exportaciones desde Neuquén (Vaca Muerta), a través de Exxon. ¿Qué garantías hay de que las crecientes inversiones de esta empresa -entre otras como Pampa Energía, Shell, Total y Tecpetrol- no se destinen masivamente a la exportación a Chile?; y 5) Las exportaciones de gas de YPF a Methanex se darán desde Santa Cruz y/o Tierra del Fuego, a cambio de metanol. El volumen total equivale a un día de producción (de 2016) y llega a cerca de la mitad del gas consumido por los hogares santacruceños entre enero y octubre de 2017. ¿Esas exportaciones se darán antes o después de las importaciones de gas para compensarlas? Debajo, algunos detalles y más cuestionamientos e interrogantes...



Fuente: Elaboración propia en base a datos del Ministerio de Energía. En todos los casos, gas natural a 9.300 Kcal/m3. * a **** se aclaran en las referencias al final.

ENARSA a ENAP Refinerías: no hay precio de importación ni ganancias entre empresas
En el marco del Decreto 893, a través de la Resolución 407-E/2017 publicada en el Boletín Oficial el 26 de octubre de 2017, el ministerio autorizó a ENARSA la venta y exportación de gas a Chile. El comprador, ENAP Refinerías. (1)

Cuestionamientos e interrogantes: El ministerio no publicó el precio de importación ni las ganancias resultantes entre empresas, si es que las hubo.

Energy Consulting Services a EECL
En el marco del Decreto 893, a través de resolución 493-E/2017 publicada en el Boletín Oficial el 21 de diciembre de 2017, el ministerio autorizó a Energy Consulting Services la venta y exportación de gas a Chile. La compradora es EECL. (2)

Cuestionamientos e interrogantes: 1) El ministerio no publicó el precio de importación; 2) Las re-importaciones las deberá realizar EECL dentro de los 240 días corridos desde la fecha de entrega al comprador. Esto significa que las exportaciones alcanzan la ventana de invierno, es decir, el costo de oportunidad es el costo de adquisición de GNL por parte de la Argentina, sumado al costo de regasificación; 3) Se plantea que el contrato es de mantenimiento de gasoducto, pero EECL es una de las principales generadoras de electricidad de Chile, primera a su vez del Sistema Interconectado del Norte Grande, con termoeléctricas que se abastecen a gas, entre otros combustibles. ¿Cómo chequear si el gas argentino no va a parar a sus centrales? Y 4) ¿Cuáles son las ganancias a las que refiere EECL en su Reporte Integrado 2016 (ver imagen) producto del swaps?


Fuente: Reporte Integrado 2016, EECL. Pág. 42. Subrayado es nuestro.

Exxon Mobil a Innergy Soluciones Energéticas
En el marco del Decreto 893, a través de resolución 492-E/2017 publicada en el Boletín Oficial el 21 de diciembre de 2017, el ministerio autorizó a Exxon Mobil (EMEA) la venta y exportación de gas a Chile. La compradora es Innergy Soluciones Energéticas. (3)

Cuestionamientos e interrogantes: 1) El ministerio no publicó el precio de importación; 2) La particularidad de esta swaps es que se trata del primero en incluir directamente al gas neuquino, esto es, no solamente la primera y estratégica productora de gas argentino, sino también Vaca Muerta. Los volúmenes del contrato son despreciables, sin embargo, se trata de una prueba piloto como ya fuera publicado desde algunos importantes medios de comunicación. Y este dato no es menor, ya que la empresa estadounidense se propone fuertes inversiones, incluso asociándose fuertemente a Pampa Energía. ¿Las inversiones en Vaca Muerta por parte de esta empresa tienen destino 100% Chile? Si no es el 100%, ¿cuánto entonces?

YPF a Methanex
Este contrato se dio fuera del marco del Decreto 893. La Resolución 502-E/2017 publicada el 26 de diciembre de 2017 en el Boletín Oficial, autorizó a la empresa YPF a vender y exportar gas a Chile. La empresa compradora es Methanex, una de las líderes mundiales en la producción de metanol. En este caso no se trata de un swaps. YPF vende y exporta gas, y a cambio Methanex nos importa y vende metanol. (4)

Cuestionamientos e interrogantes: 1) No figura en la citada resolución ministerial ni fue comunicada por ningún funcionario del Ministerio de Energía el precio de exportación del gas por parte de YPF (puesto en frontera); 2) Se desconoce, asimismo, el precio de importación del metanol; 3) De acuerdo al contrato, las exportaciones totales en volumen equivalen a prácticamente la producción de un día a nivel nacional (datos de producción anual de 2016). Dada la caída en la producción registrada en 2017, ¿cómo se entiende esta autorización, máxime cuando no hay obligación de realizar las importaciones previamente a las exportaciones?; 4) ¿Necesita metanol nuestro país que debe importar de Methanex? ¿Puede elaborarlo localmente?; 5) Visto que las exportaciones alcanzan tres meses del invierno de 2018, se estará exportando gas a costo de adquisición de GNL por parte de la Argentina (más el costo de regasificación). ¿Se tuvo en cuenta ese costo en el contrato de la empresa de todos los argentinos?; 6) ¿Cuáles son las ganancias, si las hubiera, de YPF y de Methanex?; y 7) Las exportaciones de gas, como dijimos cuyo total equivale a un día de producción nacional, se harán de Tierra del Fuego y/o Santa Cruz. El gas, en ambas provincias resulta un fluido fundamental no sólo para una calidad de vida digna sino para la supervivencia de su población. ¿Cómo se entiende esta autorización en lugar de reservar dicho gas para contingencias futuras? ¿Sabe la administración Macri que el total a ser exportado por YPF a Methanex equivale al 41% del gas consumido por los hogares santacruceños entre enero y octubre de 2017 o al 36% del consumido en igual período y por igual sector en Tierra del Fuego?

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(1) Motivo del contrato, textual del Ministerio de Energía para el swaps ENARSA-ENAP:

"LISTADO DE LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA QUE SE CONTEMPLAN COMO EVENTO DE EXPORTACIÓN PARA ASISTENCIA:
a) Paradas Programadas o Imprevistas de la Terminal que por su duración afecte el abastecimiento de la demanda prioritaria.
b) Fallas en el gasoducto que vincula la Terminal con el Sistema Chileno, que por su duración afecte el abastecimiento de la demanda prioritaria.
c) Fuerza mayor del suministrador de gas natural licuado ("GNL") de la Terminal, que por su duración afecte el abastecimiento de la demanda prioritaria.
d) Incumplimiento del suministrador de GNL de la Terminal, que por su duración afecte el abastecimiento de la demanda prioritaria."

Además: "ORIGEN Y LA TITULARIDAD GAS EXPORTACIÓN: El gas exportado por ENARSA es gas de propiedad de esta, cuyo origen es GNLR existente en el buque regasificador sito en el Puerto de Escobar (Pcia. de Buenos Aires). ORIGEN Y LA TITULARIDAD GAS RE- IMPORTACIÓN: El origen del gas de restitución será GNL regasificado en el Terminal de GNL ubicado en la comuna de Quintero, V región, Chile y el productor del gas de restitución será el Terminal de GNL ubicado en la comuna de Quintero, V región, Chile. La reimportación del volumen igual al exportado comenzará en un plazo no mayor al de 48 (cuarenta y ocho) horas, contadas a partir de la finalización del evento de emergencia que motivara la Exportación para Asistencia, a una tasa máxima de entrega diaria de 3.5 MMm3/día a 9.300 Kcal/m3, hasta igualar el volumen de gas exportado y/o que no exceda las 96 (noventa y seis) horas contadas desde el comienzo de la devolución del Gas de Restitución".

El precio de exportación que publica el Ministerio de Energía es de 8,5 U$S/MMBTU. Y aclara: "Al precio aquí previsto deberán adicionársele los gastos de transporte hasta el punto de exportación. Adicionalmente, se agregarán todos los costos de transporte, gas combustible, impuestos, tasas y aranceles emergentes de la operación tanto de exportación como su posterior re-importación. Estos gastos serán a cargo de ERSA [ENAP]".

(2) Textual del Ministerio de Energía:

"El gas para la devolución de los volúmenes exportados será producto de la regasificación de Gas Natural Licueficado ("GNL") en la planta de regasificación de GNL Mejillones S.A., ubicada en la localidad de Mejillones en la IIda. Región de Chile y encuentra conectada al tramo chileno del Gasoducto, en la misma localidad."

Además: "El objetivo de esta exportación temporaria con compromiso de re-importación consiste en el mantenimiento preventivo del Gasoducto Nor Andino para: (i) detectar en forma temprana corrosión y/o defectos que puedan afectar su integridad, (ii) eliminar las impurezas que pueden quedar dentro del mismo y (iii) garantizar la seguridad de su estructura y su correcto funcionamiento. El Procedimiento de Mantenimiento e Inspección consiste en el pasaje de una herramienta de evaluación de defectos y corrosión llamada Magnetic Flux Leakage ("Scraper") por el interior del gasoducto. El Scraper contiene sensores para la detección de los defectos y cepillos para el barrido de las impurezas. Dicho Scraper debe, para desplazarse dentro del Gasoducto, ser impulsado con gas natural que circule por el ducto; por este motivo y debido a que se trata de una infraestructura de transporte única, resulta imprescindible, a efectos de poder realizar el Procedimiento de Mantenimiento e Inspección, la exportación de ciertos volúmenes marginales de gas natural a Chile."

(3) Textual del Ministerio de Energía:

"Ante la saturación del Gasoducto del Pacífico a efectos de ingresar Gas Natural producido en el norte de la Provincia del Neuquén (donde se encuentran las áreas de EMEA), es necesario que ese gas sea exportado a Chile a través del Gasoducto del Pacífico, y luego un volumen equivalente sea reimportado a través del Gasoducto de Gas Andes que cuenta con capacidad. Gas Natural producido por EMEA en la Cuenta Neuquina (Áreas Bajo del Choique - La Invernada", "Los Toldos" y "Pampa de las Yeguas"). 30 días corridos desde la fecha de entrega al comprador".

Respecto del precio de exportación de 7,0027 U$S/MMBTU, se aclara además que "El costo de transporte será de 1,5 U$S/MMBTU, por costo de terminal y transporte hasta el punto de entrega". No se aclara si está incluido.

Luego: "Todos los impuestos, cargas, tributos o gravámenes de cualquier naturaleza que deban tributarse con relación a los presentes Términos y Condiciones en la República de Chile estarán a cargo de INNERGY SOLUCIONES ENERGÉTICAS S.A. Todos los impuestos, cargas, tributos o gravámenes de cualquier naturaleza que deban tributarse con relación a los presentes Términos y Condiciones en la República Argentina estarán a cargo de EMEA."

(4) De acuerdo a la resolución ministerial se lee:

"Que YPF S.A. ha solicitado al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA una autorización de exportación a la REPÚBLICA DE CHILE, con destino a la empresa METHANEX S.A. (METHANEX), en virtud de la extensión del Acuerdo de Maquila celebrado entre YPF y METHANEX el 25 de noviembre de 2016 y sus adendas del 20 de diciembre de 2016 y del 4 de diciembre de 2017 (el "Acuerdo"), mediante el cual YPF tiene previsto exportar gas natural y como consecuencia obtener Metanol, que es importado al país, todo ello sujeto a la obtención de todos los permisos, aprobaciones y consentimientos del Gobierno Argentino y del Gobierno de Chile.

Que, en la misma presentación YPF asume el compromiso de compensar las entregas de Gas Natural a METHANEX que ha de realizar bajo el Acuerdo mediante GNL y/o importación de gas natural, asumiendo YPF el costo que demande dicha operación y aclarando, además, que la operatoria descripta no implica en ningún caso riesgo de abastecimiento al mercado interno, ya que la modalidad de operación observa la posibilidad de interrupción cuando se lo considere necesario.

Que, de conformidad a lo previsto en el Acuerdo, la autorización de exportación solicitada alcanza a un volumen de hasta de UN MILLÓN DE METROS CÚBICOS POR DÍA (1.000.000 m³/día), hasta completar un volumen total de CIENTO QUINCE MILLONES DE METROS CÚBICOS (115.000.000 m3) de gas natural.

Que dichas entregas quedarán condicionadas a que se asegure la prioridad de abastecimiento de la demanda nacional en caso de existir situaciones en las que se requiriera interrumpir el suministro."



Bibliografia
OETEC (31/12/2017) La enajenación del sistema gasífero (2016-2017) y fundamentos para su reapropiación popular
http://www.oetec.org/nota.php?id=3002&area=1

OETEC (29/11/2017) Decreto 962: Adiós a la producción nacional de gas, petróleo y combustibles. Bienvenido el saqueo exportador...
http://www.oetec.org/nota.php?id=2943&area=2

OETEC (16/11/2017) Dos años de tarifazo y 7.400 millones de dólares para anunciar un único proyecto para 2018 y con destino de exportación
http://www.oetec.org/nota.php?id=2914&area=2

OETEC (2/11/2017) Reapertura exportadora de gas. Interrogantes y un análisis insoslayable
http://www.oetec.org/nota.php?id=2894&area=2

OETEC (25/01/2017) Reivindicación histórica de la política gasífera K (cuando siquiera FIEL puede callar la estafa energética macrista) - Tercera parte
http://www.oetec.org/nota.php?id=%202308&area=%201

OETEC (24/01/2017) Reivindicación histórica de la política gasífera K (cuando siquiera FIEL puede callar la estafa energética macrista) - Segunda parte
http://www.oetec.org/nota.php?id=2305&area=1

OETEC (23/01/2017) Reivindicación histórica de la política gasífera K (cuando siquiera FIEL puede callar la estafa energética macrista) - Primera parte
http://www.oetec.org/nota.php?id=2303&area=1

OETEC (18/01/2017) Bienvenido el binomio "Exportador-Importador" del gas natural (análisis de la Resolución 8)
http://www.oetec.org/nota.php?id=2296&area=2

OETEC (1/08/2016) De la falta de gas natural a la exportación. Breve análisis del Decreto 893/2016
http://www.oetec.org/nota.php?id=1978&area=5

OETEC (8/04/2015) A once años de la renacionalización del gas natural
http://www.oetec.org/nota.php?id=%201112&area=%201

Exportaciones de gas a Chile, Decreto 893
http://www.energia.gob.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=4225

Resolución 407-E/2017 (ENARSA)
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/173795/20171027

Resolución 493-E/2017 (ENERGY CONSULTING SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA)
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/176567/20171222

Resolución 492-E/2017 (EXXON MOBIL)
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/176628/20171226

Resolución 502-E/2017 (YPF)
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/176736/20171227

Reporte Integrado 2016 de EECL
http://www.e-cl.cl/prontus_ecl/site/artic/20170329/pags/20170329135915.php