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Desarrollo socioeconomico y Geopolitica del Desarrollo

| Artículos Periodísticos

"Por más que esto avance, no implica la consolidación de la decisión sino la consolidación del obrar delictivo"

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
Barcesat, buitres, denuncia penal, deuda, estafa, ilegitud, Instituto Sampay, Mañana Nacional, Poder Ejecutivo, radio



17-03-2016 | Entrevista al Dr. Eduardo Barcesat en el programa de radio del OETEC "Mañana Nacional", miércoles 16 de marzo. El Dr. Barcesat es uno de los autores de la acción penal, elaborada por los integrantes de la Asociación Civil “INSTITITUTO ARTURO E. SAMPAY”, radicada el 14 del mismo mes en Comodoro Py. La denuncia penal fue dirigida "contra todos los integrantes del Poder Ejecutivo Nacional, encabezados por su Presidente, Ingeniero Mauricio Macri, y contra todo senador y/o diputado nacional, que tenga autoría o participación, penalmente responsable, en la delictiva negociación con los fondos buitre, que se intenta aprobar a instancias del Juez Municipal Thomas Griesa".


"La situación de la causa es sumamente auspiciosa. Se presentó el lunes al mediodía y ya a media mañana del día siguiente contábamos con un dictamen fiscal... dispone mandar adelante la instrucción, pide medidas para lograr la prueba fechaciente de lo que se está denunciando. El Juez ordena y ejecuta ya a partir del mediodía los requerimientos del fiscal, siendo el primer y más importante paso el de requerir de toda la administración pública a través de la oficina de jefatura de gabinete todos los acuerdos, papeles, informes, documentación de esta negociación que calificamos de defraudatoria y espúrea".

"La denuncia no solamente va contra la totalidad del Poder Ejecutivo y contra la Procuración del Tesoro de la Nación sino también
contra los legisladores que se impliquen en la votación afirmativa de este engendro antijurídico".

"Ahora logran una media sanción en diputados que paradojalmente yo como uno de los letrados de la causa tendría que festejar porque cuanto más de estos delitos comentan más probado y redondo las figuras penales reprochadas".

"La gran virtud que tiene esta causa penal en marcha, ya que por lo visto no logró disuadir a los que tenían que votar de pensar en la posibilidad de pasar unos añitos en la carcel (que deseo que así sea)... la gran virtud es que deja cuestionada con antelación a la aprobación de la ley, y con antelación a un eventual y posible y deseable cambio de
gobierno [2019], es la ilegitud de obrar y, por lo tanto y por el principio general del derecho (cuando hay una conducta nula o ilícta) debe volverse al momento previo, al de la producción del acto nulo. Esto también es una de las razones por la que hemos promovido esta acción penal para que... un Juez ya con autoridad de cosa juzgada diga que es ilícito; entonces sí se va apoder tirar abajo esa deuda mal contraída, esa entrega mal celebrada".

"Por más que esto avance, no implica la consolidación de la decisión sino la consolidación del obrar delictivo. Y la consolidación del obrar delictivo es tambien dejar advertido a todo el mundo de que esto, si la acción prospera en la forma que ha comenzado y en la forma que esperamos prosiga, entonces se va a volver todo al momento previo, al de la producción del acto antijurídico, porque este es el principio general del derecho".



Al obrar de los denunciados, la denuncia los califica como de “TRAICIÓN A LA PATRIA” (art. 215, inc. 1°, C. Penal), en concurso con “DEFRAUDACIÓN ESPECIAL”, (art. 173, inc. 7°, C. Penal) y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO Y ABUSO DE AUTORIDAD (art. 248 del C. Penal), solicitando la aplicación del máximo de la pena privativa de libertad que resulta del concurso delictivo, y la pena accesoria de inhabilitación a perpetuidad para ocupar cargo o función pública. Se califica, asimismo, al obrar de los autores y partícipes penalmente responsables, como “INFAMES TRAIDORES A LA PATRIA” (ART. 29, C.N.) y se los responsabiliza por el quiebre al Art. 36 de la C.N. (DEBER DE OBEDIENCIA A LA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL)".

La acción penal fue elaborada por los integrantes de la Asociación Civil “INSTITITUTO ARTURO E. SAMPAY”, Dres. FRANCISCO CHOLVIS, ARÍSTIDES CORTI y EDUARDO S. BARCESAT, y que cuenta con la adhesión de otros organismos representativos de los juristas y de organizaciones sociales encabezadas por la CENTRAL DE ENTIDADES EMPRESARIAS NACIONALES (CEEN),