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Hacia la Audiencia Pública: los conflictos de interés y la "razonabilidad" del tarifazo

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
Aranguren, audiencias públicas, conflictos de interés, Laura Alonso, Ministerio de Energía, Shell, tarifazo



01-09-2016 | En defensa de los insalvables conflictos de interés del accionista de la Royal Dutch Shell y ministro de Energía Juan José Aranguren, la titular de la Oficina Anticorrupción (OA) esgrimió primeramente: "… [la empresa Shell] es del sector petrolero y él es ministro de energía". Pero el revolucionario postulado, digno de Premio Nobel, se dio de bruces no ya contra las leyes de la física que aplican en el Planeta Tierra sino contra el sentido común de algún trabajador de la OA que gentilmente le recordó a Laura Alonso que el petróleo (como los restantes hidrocarburos) son fuentes de energía. Desplomada la magistral defensa, Alonso afinó la puntería y disparó semanas más tarde: "El trabajo de la OA es la de prevenir… por eso les pedimos a todos los funcionarios que no tomen ninguna decisión, que deleguen la firma, que deleguen hacia arriba o hacia el costado". Extraordinario avance, sin dudas. Nuestro Observatorio analizó oportunamente por qué la funcionaria recomendó la delegación de firma (ver bibliografía). Ahora, ponemos a consideración del lector y sobre todo de las y los participantes de las audiencias públicas, un breve repaso de la fundamental y bastante relegada cuestión de los conflictos de interés que involucran a funcionarios del citado ministerio. Incluimos, asimismo, un par de lógicas solicitudes dirigidas al Ministerio de Energía a los efectos de informar a la ciudadanía como corresponde y marca la ley de cara al encuentro del 16 de septiembre.


Antecedentes personales… por favor
La ley que fija las incompatibilidades para los funcionarios públicos es la Ley 25.188 de "Ética en el Ejercicio de la Función Pública". En el capítulo CAPITULO IV "Antecedentes" de la Ley 25.188 se lee en su artículo 12: "Aquellos funcionarios cuyo acceso a la función pública no sea un resultado directo del sufragio universal, incluirán en la declaración jurada sus antecedentes laborales al solo efecto de facilitar un mejor control respecto de los posibles conflictos de intereses que puedan plantearse".




Sobre las "precauciones" que toma el accionista de la Shell para evitar conflictos de interés
En el artículo 15 del Capítulo "Incompatibilidades y Conflicto de intereses" de la Ley 25.188 se lee: "En el caso de que al momento de su designación el funcionario se encuentre alcanzado por alguna de las incompatibilidades previstas en el Artículo 13, deberá: … b) Abstenerse de tomar intervención, durante su gestión, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas o asuntos a los cuales estuvo vinculado en los últimos TRES (3) años o tenga participación societaria".

Este inciso es el que obliga a Alonso a suplicar lo que suplica a los ex CEOs de las empresas privadas que hoy inundan el Poder Ejecutivo en sus distintos estamentos.

A propósito, el accionista de la Royal Dutch Shell y ministro de Energía de la Nación en su interpelación en Diputados vino justamente a confirmar la apreciación anterior. Citamos textualmente: "Con respecto a la ley de Ética Pública, para evitar cualquier confusión quiero tratar de recordar qué es lo que la norma dispone; algunos los saben. En su artículo 15 la ley de Ética Pública indica que los funcionarios deben …abstenerse de tomar intervención, durante su gestión, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas o asuntos a los cuales estuvo vinculado en los últimos tres años o en los que tenga participación societaria". Y luego agregó: "En cuanto a las precauciones que tomamos para evitar que quienes forman parte del gabinete del Ministerio de Energía y Minería tengan un conflicto de interés, hemos dispuesto que no tomen decisiones que estén particularmente vinculadas a las empresas en las que hayan trabajado durante los últimos tres años o en las que tengan participación societaria".




Vinculado a la anterior propuesta…




Vinculado a todas las propuestas…




Finalmente y para facilitarle la labor al señor accionista de la Royal Dutch Shell y ministro de Energía -igual para Laura Alonso- colocamos a disposición de ambos la siguiente tabla (repítase lo mismo para el ENRE y el ENARGAS):




Sugerimos a la ciudadanía participante de las audiencias públicas, también a los magistrados de la Corte Suprema en relación a su intervención en la cuestión tarifazo (del gas y la electricidad), tengan a bien incorporar estas cinco lógicas "solicitudes", elevándolas al Ministerio de Energía y Minería de la Nación previamente al 16 de septiembre, pues resulta información estratégica de cara a la defensa de la seguridad jurídica de la ciudadanía y, sobre todo, confirmará si los dichos del accionista de la Royal Dutch Shell en su interpelación en el Parlamento Nacional son parte de una escandalosa farsa y una burla a la inteligencia del pueblo argentino o si, en efecto, se tradujeron en acciones concretas (más allá de si las mismas salvaron o no los conflictos de interés).

Vale la pena una vez más recordar lo expresado por Aranguren en relación a su proceder de acuerdo a lo sugerido por la titular de la Oficina Anticorrupción (en su segunda defensa): "En cuanto a las precauciones que tomamos para evitar que quienes forman parte del gabinete del Ministerio de Energía y Minería tengan un conflicto de interés, hemos dispuesto que no tomen decisiones que estén particularmente vinculadas a las empresas en las que hayan trabajado durante los últimos tres años o en las que tengan participación societaria".

Señor accionista de la Royal Dutch Shell, responder afirmativamente las solicitudes aquí presentadas permitirán confirmar la "razonabilidad" del tarifazo (cosa por usted harto pretendida), "razonabilidad" que no hace sino explicar los intereses particulares de la Cámara de empresas al frente de su ministerio y por usted presidida.




Bibliografia
OETEC (23/06/2016) La defensa de Laura Alonso y de los abogados de Aranguren por sus conflictos de interés
http://www.oetec.org/nota.php?id=1895&area=1