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| Artículos de opinión

Entrevista al Ingeniero Enrique Hermitte, descubridor del petróleo en la República Argentina

Autor | Federico Bernal


Conflictos de Interes
El autor es bisnieto del entrevistado.


Palabras Claves
13 de diciembre de 1907, descubrimiento del petróleo, Enrique Hermitte, gestión pública, renacionalización, YPF



16-04-2014 | A propósito del 2do aniversario de la renacionalización de YPF. El 16 de abril de 2012, exactamente dos años atrás, la Presidenta de la Nación decretó la intervención de YPF y envió al Senado el proyecto de ley que establece la expropiación del 51% de sus acciones y declara de interés público el logro del autoabastecimiento hidrocarburífero. En un discurso histórico, la primera mandataria aprovechó la ocasión para recordar el descubrimiento de petróleo en Comodoro Rivadavia, el 13 de diciembre de 1907, y a su artífice el Ingeniero Enrique Hermitte. En el segundo aniversario de la renacionalización, nada más oportuno pues que entrevistar a uno de los héroes del petróleo argentino.


1) Como siempre a lo largo de nuestra historia, están aquellos que rechazan cualquier medida tendiente a recuperar las empresas estratégicas otrora privatizadas y/o desnacionalizadas. Su argumento no ha variado en absoluto: la ineficiencia e incapacidad del Estado como empresario. La renacionalización de YPF en abril de 2012 no fue ninguna excepción.

Enrique Hermitte (E.H.): "Se ha dicho: El Estado es incapaz de administrar, olvidando que el Estado, como ente abstracto, no explota. Para ejercer esta función, tiene que exteriorizarse y crear el organismo del caso, delegando facultades en una comisión o en un directorio al que fija líneas de conducta, revistiéndolo de la autonomía necesaria para su gestión y dándole atribuciones y medios para producir, transportar, vender y disponer del producido de la explotación. Si para la composición de esos directorios se han de designar personas conscientes y capaces, ¿qué razones pueden invocarse para dudar del buen éxito de sus gestiones administrativas? Para justificar la desconfianza sería necesario creer que un directorio de esa naturaleza debe forzosamente fracasar por el hecho de estar compuesto de argentinos" (El Estado de la cuestión petróleo - 1916).

2) ¿Cómo considera la decisión de recuperar YPF, más aún en este contexto problemático consecuencia de la desastrosa herencia de Repsol y del neoliberalismo energético de los noventa, 2000, 2001 y 2002?

E.H.: "La parte que el Estado debe tomar en la resolución de estos problemas de orden general [explotación de los hidrocarburos] tiene que ser muy importante, puesto que debe tender a poner de manifiesto la riqueza natural del territorio argentino, misión que le corresponde naturalmente como propulsor del progreso general del país" (El Estado de la cuestión petróleo - 1916).

3) La renacionalización de YPF es sostenida por la Ley 26.741, ley que declara de Interés Público Nacional el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos. ¿Coincide con el espíritu y objetivos de esta ley?

E.H.: "El Estado tiene el derecho y el deber de investigar los recursos de la Nación y, si es necesario, puede y debe intervenir en la explotación por medio de leyes que impidan el acaparamiento y la no producción, cuando los intereses del país así lo exijan: 1) Como propietario, cuando se trata de bienes públicos; y 2) Como representante del consumidor, [por tener] el deber de intervenir en la repartición de los beneficios" (Ensayo sobre Legislación Petrolífera - 1916). Se trata, en definitiva, de "una legislación petrolífera adecuada, que tomará en cuenta la defensa del interés general, a la vez que permitirá dar el impulso necesario a las explotaciones particulares" (El Estado de la cuestión petróleo - 1916).

4) ¿Cómo considerar y pensar la renta petrolera a la luz de la Argentina del Bicentenario?

E.H.: "En lo que se refiere a la distribución de los beneficios, por ejemplo, el derecho del Estado a participar en ellos ha sido reconocido por todas las legislaciones modernas, no sólo por razones de orden financiero, si no porque es justo que aquellos a quienes atribuye el goce de un bien de la colectividad, retribuyan a ésta su parte en el beneficio que este les confiere, tanto por la concesión misma de la mina, como también por la acción ejercida por el Estado al estudiar las riquezas mineras y facilitar su explotación mediante obras públicas de todo carácter" (Ensayo sobre Legislación Petrolífera - 1916). Agrego asimismo que "es hoy casi imposible concebir que el Estado, como propietario, tratándose de bienes públicos, no tenga su parte en los beneficios..." (Perspectivas para el porvenir - 1921).

5) ¿Qué opinión le merece YPF en Vaca Muerta?

E.H. "... Del aprovechamiento racional de tan magna fuente de riquezas, puede depender, en cierto grado, el porvenir económico de la Nación, ya que sus industrias hasta hoy incipientes, contando con un combustible suministrado a precios convenientes, pueden adquirir un desarrollo considerable, iniciando una era industrial y constituyendo así un nuevo ciclo en nuestra evolución, con las consecuencias de todo orden que ello comporta" (Alcance que debe tener la explotación oficial - 1916).

6) ¿Está de acuerdo con las políticas de precios en materia de combustibles, por cierto, entre los más bajos de la región?

E.H.: "... Al Estado le corresponde provocar en toda la forma del suministro, para las industrias del país, del petróleo necesario para que puedan desarrollarse cómodamente compensando la situación desventajosa en que el costo de la mano de obra y otros factores colocan frente a las similares extranjeras" (Alcance que debe tener la explotación oficial - 1916). Además, "... la acción del Estado debe tender a que el combustible nacional se obtenga en condiciones tales que le permitan competir ventajosamente con el de los demás yacimientos del mundo y en este sentido el Estado explotante actuaría como elemento regulador de los privados que explotaran concesiones petrolíferas" (Alcance que debe tener la explotación oficial - 1916).

7) ¿Cree que debe mantenerse una política de precios de los combustibles regulada por el Estado? ¿Puede darnos ejemplos de su impacto en la industria y otros sectores vitales para una economía nacional y autosuficiente?

E.H.: "Con el excedente de petróleo que el Estado obtenga de la explotación, una vez satisfechas todas las necesidades de las instituciones y organismos fiscales: escuadra, ferrocarriles del Estado, provisión de combustibles a los servicios públicos en todo el país, etc., una vez llenadas todas estas necesidades, repito, el Estado, ejercitando una misión de fomento, vendería su combustible a precios bajos a aquellas industrias en que el combustible entre en el costo de producción con un tanto por ciento elevado y que elaboran productos naturales, como sería la industria del portland. En este mismo orden de ideas, el Estado vendería petróleo a las compañías nacionales de transportes marítimos y fluviales, impulsando así la creación de una flota mercante argentina que dispondría de uno de sus factores de explotación más importantes a precios económicos" (Alcance que debe tener la explotación oficial - 1916). Asimismo: "... El Estado vendería petróleo a las compañías nacionales de transportes marítimos y fluviales, impulsando así la creación de una flota mercante argentina que dispondría de uno de sus factores de explotación más importantes a precios económicos" (Alcance que debe tener la explotación oficial - 1916).

8) ¿Cómo vislumbra el futuro y el rol de la YPF renacionalizada?

E. H.: "El Estado no puede ni debe atenerse a los beneficios más o menos indirectos que pueda recibir la colectividad a consecuencia del libre juego de las actividades individuales y siempre llegará un momento en que estas deberán sufrir una limitación en pro del interés general... La excepcional importancia del producto permite concebir la necesidad de la intervención del Estado, no sólo en los beneficios que su explotación pueda originar, sino también en otras cuestiones fundamentales relativas a su mejor aprovechamiento, a la formación de reservas y a la conveniencia de evitar acaparamientos o monopolios" (Legislación Petrolera. 1916).